D E M O C R A T O P I A

Reclamación de responsabilidad patrimonial por el funcionamiento de la administración

¿Tenemos claro en qué consiste una reclamación patrimonial?

Reclamar a la administración una indemnización económica por los daños y lesiones en los derechos de los ciudadanos o en su patrimonio derivados del funcionamiento de las administraciones. Se trata de un procedimiento destinado a indemnizar a los particulares por las lesiones que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.

Destinatarios
Sujetos que sufran lesiones en sus bienes y derechos en las condiciones descritas en el apartado precedente.

Requisitos
Los contemplados en la sección 1.ª del capítulo IV del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La acción para reclamar prescribe al año de que se produjese el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifestase su efecto lesivo. En caso de daños de carácter físico o psíquico a las personas, el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.

En los casos de que proceda reconocer derecho a indemnización por anulación en vía administrativa o contencioso-administrativa de un acto o disposición de carácter general, se empezará a computar desde la notificación de la resolución administrativa o la sentencia definitiva.

Fuente. Gobierno de España

Reclamación patrimonial contra la UNED

Quizás lo único bueno de un sistema de evaluación que quiebra el principio de igualdad y vulnera el derecho a una evaluación justa es que da pié a reclamar. Los daños morales son difíciles de cuantificar, pero como mínimo puedes recuperar el dinero de la matrícula y la anulación de esa convocatoria. El procedimiento puede durar de 2 a 3 años pero las probabilidades de ganar son muy elevadas.

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